Nota informativa · Fiscal

Cerámica de India: cuotas provisionales, no resolución final

Contexto y explicación de García Vázquez y Asociados a partir de una publicación oficial.

Diario Oficial de la FederaciónFiscal30 de octubre de 2026
La Secretaría de Economía publicó el 28 de septiembre de 2026 una resolución preliminar sobre recubrimientos cerámicos para piso y muro originarios de India. La investigación continuó: no se trató de una determinación final.
Qué pasó

La actualización y su alcance

El instrumento impuso cuotas compensatorias provisionales diferenciadas por exportador, para el producto comprendido en la investigación, incluidas importaciones definitivas y temporales, independientemente del país de procedencia. Las importaciones provenientes de Cyan Granito LLP quedaron, preliminarmente, sin cuota.

La resolución entró en vigor el 29 de septiembre de 2026 y fijó seis meses de vigencia para las cuotas provisionales. Para evaluar una operación no basta identificar “cerámica”: conviene contrastar características, origen y exportador con la cobertura y excepciones del documento, además de verificar cambios posteriores. Resolución oficial, puntos 602 a 612.

Fuente y alcance

Fecha de la fuente: 28 de septiembre de 2026. La fecha de esta nota corresponde a su publicación en el despacho.

Esta nota resume y contextualiza información publicada por Diario Oficial de la Federación. Para verificar el texto original, fechas, alcance y cualquier detalle técnico o jurídico, consulta la publicación oficial.

Consultar fuente oficial ↗
Contenido informativo y editorial. No sustituye asesoría profesional para un caso concreto.
Sigue leyendo

Más noticias y actualizaciones

Ver todas las noticias →