
La actualización y su alcance
En materia de notificaciones, favorece interpretar que la nueva regla sobre efectos al segundo día hábil comienza después del periodo transitorio de 240 días. También orienta a mantener en vía ordinaria los juicios iniciados bajo las disposiciones anteriores, en lugar de trasladarlos automáticamente a la sumaria por el cambio de cuantía.
Para las partes, la tarea es identificar cuándo se promovió el juicio y qué disposición corresponde a cada actuación. El documento es un criterio orientador: no debe presentarse como una sentencia individual o una declaración de jurisprudencia obligatoria.
La revisión de un plazo requiere el expediente y las notificaciones concretas; este resumen no sustituye ese análisis.
Fecha de la fuente: 23 de septiembre de 2026. La fecha de esta nota corresponde a su publicación en el despacho.
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