Nota informativa · Jurídico

Código LEI: etapa de octubre para contrapartes en derivados

Contexto y explicación de García Vázquez y Asociados a partir de una publicación oficial.

Banco de México / Diario Oficial de la FederaciónJurídico31 de octubre de 2026
La Circular 1/2026 del Banco de México, publicada el 7 de enero, estableció una etapa de aplicación del Código LEI que comenzó el 8 de octubre de 2026. Las instituciones comprendidas deben recabar ese identificador de determinadas contrapartes en operaciones derivadas cuando la suma prevista de importes nocionales supere el equivalente a 17 millones de UDIS.
Qué pasó

La actualización y su alcance

El supuesto comprende fideicomisos y ciertas personas morales del inciso b) del numeral 4. No se refiere al saldo de cualquier cuenta bancaria ni a todas las empresas. El cálculo considera las operaciones indicadas por la circular con la institución financiera correspondiente.

El umbral de 3 millones de UDIS previsto en ese inciso tiene una fecha distinta: 8 de julio de 2027. Las empresas que contraten derivados deben revisar con su contraparte financiera qué etapa y documentación les corresponden, sin adelantar el segundo umbral ni extender la obligación a operaciones ajenas a la norma.

Fuente y alcance

Fecha de la fuente: 7 de enero de 2026. La fecha de esta nota corresponde a su publicación en el despacho.

Esta nota resume y contextualiza información publicada por Banco de México / Diario Oficial de la Federación. Para verificar el texto original, fechas, alcance y cualquier detalle técnico o jurídico, consulta la publicación oficial.

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Contenido informativo y editorial. No sustituye asesoría profesional para un caso concreto.
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