Nota informativa · Jurídico

Economía ajusta el cumplimiento de NOM en importaciones específicas

Contexto y explicación de García Vázquez y Asociados a partir de una publicación oficial.

Diario Oficial de la FederaciónJurídico30 de octubre de 2026
La Secretaría de Economía modificó el numeral 1 del Anexo 2.4.1 de sus reglas de comercio exterior. El acuerdo incorpora requisitos de cumplimiento de normas para mercancías determinadas de instalaciones hidráulicas, motores eléctricos y equipos terminales móviles.
Qué pasó

La actualización y su alcance

La regla general de entrada en vigor es el día siguiente a la publicación del 28 de septiembre. Para las NOM-221-SCFI-2017 y NOM-221/2-SCFI-2018, el transitorio establece una espera de 30 días hábiles. No deben confundirse ambos momentos.

La aplicación depende de la fracción arancelaria, el NICO cuando corresponda y las acotaciones de la tabla. No afecta indistintamente a todos los productos electrónicos o hidráulicos. Antes del despacho conviene revisar la clasificación y la evidencia de conformidad exigible al producto concreto, sin convertir esta actualización en una autorización general de importación.

Fuente y alcance

Fecha de la fuente: 28 de septiembre de 2026. La fecha de esta nota corresponde a su publicación en el despacho.

Esta nota resume y contextualiza información publicada por Diario Oficial de la Federación. Para verificar el texto original, fechas, alcance y cualquier detalle técnico o jurídico, consulta la publicación oficial.

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