
La actualización y su alcance
La regla general reserva el buzón, de 20:01 a 24:00 horas en días hábiles, para asuntos nuevos y promociones de término no urgentes. Existen previsiones específicas para oficinas que operan sólo en turno matutino y para modificaciones justificadas del servicio.
Los asuntos urgentes siguen una ruta distinta, vinculada al órgano de guardia; no deben tratarse como un envío ordinario al buzón. También se conserva la recepción electrónica a través del portal correspondiente.
Para un litigio concreto, es indispensable identificar la oficina competente, el carácter del asunto y las disposiciones vigentes al vencimiento. La noticia no sustituye el cómputo procesal ni permite asumir un horario único para cualquier órgano.
Fecha de la fuente: 14 de octubre de 2026. La fecha de esta nota corresponde a su publicación en el despacho.
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